Pregunta oficial · Permiso B

Un conductor novel que arroje un resultado de 0,15 miligramos de alcohol por litro en aire espirado en la primera prueba, ¿será sometido a una segunda prueba de contraste?

No será sancionado, porque con 0,15 mg/l no supera la tasa máxima permitida para su permiso.Respuesta correcta
· Será sometido a una segunda prueba de contraste por superar los 0,10 mg/l.
· Se le inmovilizará el vehículo inmediatamente.

¿Por qué es la respuesta correcta?

🎯 Exacto al límite: 0,15 mg/l es el techo, no el suelo

Para un conductor novel (primeros 2 años de carnet) o un conductor profesional, la tasa máxima permitida en aire espirado es de 0,15 MG/L. Justo ahí, en ese número, está el límite.

¿Qué significa esto en la práctica? Si el aparato marca exactamente 0,15 MG/L, el conductor NO supera la tasa permitida. No hay infracción, no hay sanción, y no hay necesidad de segunda prueba de contraste porque no existe positivo que confirmar.

La segunda prueba de contraste solo entra en juego cuando el resultado de la primera prueba supera el límite legal. Si no lo superas, no hay nada que contrastar.

💡 Tip de examen: Esta pregunta es una trampa clásica del teórico. El examen te pone justo en el filo de la navaja para ver si te confundes. Recuerda la lógica:

  • 0,14 MG/L → Conductor novel: sin infracción
  • 0,15 MG/L → Conductor novel: sin infracción (es EL límite, no lo supera)
  • 0,16 MG/L → Conductor novel: positivo, sanción y segunda prueba

La clave está en que la ley sanciona SUPERAR la tasa, no llegar a ella. Igual que en el examen teórico: si sacas un 5 sobre 10 con un mínimo de 5, apruebas. No se trata de superar el 5, sino de alcanzarlo.

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