Una embarazada, ¿debe llevar puesto el cinturón de seguridad?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🤰 La embarazada también lleva el cinturón
Por qué es correcta: el conductor y los ocupantes deben llevar abrochado el cinturón de seguridad, tanto en vías urbanas como interurbanas (RGC art. 117.1), como hace la conductora de la foto. El embarazo no es una exención por sí mismo: la embarazada solo queda exenta si tiene un certificado de exención por razones médicas graves, que debe presentar si se lo pide un agente (art. 119.1.b; temario B, 6.1). Debe ir bien colocado: por la clavícula y el centro del pecho, y por la pelvis y los huesos de la cadera (temario B, 8.3).
Por qué fallan las otras: no hay una excepción general por embarazo, así que el «no» es falso. Y la obligación no se limita a las vías interurbanas: rige también en ciudad (art. 117.1).
💡 Tip de examen: desde el 1 de octubre de 2026, taxistas, distribuidores de mercancías y acompañantes del aprendiz ya no están exentos del cinturón en poblado (RGC art. 119.2). No llevarlo resta 4 puntos (LTSV anexo II.15).
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