Los patinetes eléctricos han pasado de ser un juguete a estar regulados como vehículos de pleno derecho. Y la DGT se lo toma tan en serio que las preguntas sobre VMP ya forman parte del examen teórico del carnet. En esta guía te contamos la normativa vigente en 2026 — que ha cambiado mucho — y qué debes saber tanto si conduces un patinete como si te presentas al examen.
¿Qué es exactamente un VMP?
Un Vehículo de Movilidad Personal es un vehículo de una o más ruedas, de una sola plaza, propulsado exclusivamente por motor eléctrico, con una velocidad máxima por diseño de entre 6 y 25 km/h. Los patinetes eléctricos son el ejemplo más común.
Ojo a las exclusiones, porque caen en el examen:
- Las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido (EPAC) no son VMP: tienen su propia categoría y se equiparan a las bicicletas convencionales.
- Un patinete capaz de superar los 25 km/h no es un VMP y no puede circular por vía pública sin homologarse como ciclomotor.
- Los vehículos para personas con movilidad reducida tampoco entran en esta categoría.
La gran novedad de 2026: seguro obligatorio
Desde el 2 de enero de 2026, todos los VMP necesitan un seguro de responsabilidad civil para circular por la vía pública. Es el cambio más importante desde la creación de la categoría: hasta 2025 el seguro solo era exigible en los municipios que lo pedían por ordenanza.
La nueva normativa también crea un registro de vehículos personales ligeros en el que deben inscribirse los VMP. En la práctica, esto acerca los patinetes al régimen de cualquier otro vehículo: identificables y asegurados.
El certificado de circulación
Desde el 22 de enero de 2024, los patinetes que se venden en España deben contar con un certificado de circulación que acredita que cumplen el manual de características técnicas de la DGT: velocidad limitada, sistema antimanipulación, frenos, luces y marcado.
¿Y los patinetes comprados antes? Tienen una moratoria hasta enero de 2027 para seguir circulando. A partir de esa fecha, sin certificado no se puede circular.
¿El casco es obligatorio?
Sí, en toda España. Desde el 1 de octubre de 2026, el Real Decreto 518/2026 obliga a todos los conductores de patinete a llevar casco homologado o certificado y bien abrochado (RGC art. 118.3). Hasta el 30 de septiembre, la Ley de Tráfico remitía al reglamento y eran las ordenanzas municipales las que lo concretaban: si tu manual dice que depende del ayuntamiento, está desfasado. Esa misma reforma prohíbe conducir patinetes a los menores de 15 años. Tienes todos los cambios en nuestra guía de la nueva normativa DGT del 1 de octubre de 2026.
Normas de circulación que entran en el examen
Estas son las reglas que la DGT pregunta con más frecuencia:
- Por dónde circular: por las vías y zonas que autorice cada ayuntamiento, como el carril bici o la calzada (RGC art. 155.1). Nunca por la acera, que está prohibida a cualquier vehículo; por el resto de zonas peatonales, solo si la ordenanza lo permite y siempre respetando la prioridad del peatón (art. 152.1).
- Vías prohibidas: autopistas, autovías y travesías. Por vías interurbanas y túneles urbanos solo se puede circular si son vías ciclistas, carriles bici, pistas bici, sendas ciclables o vías cerradas a los vehículos de motor, salvo que una señal lo prohíba (RGC art. 38.4). Hasta el 30 de septiembre de 2026, estas vías les estaban vetadas del todo.
- Una sola persona: circular con acompañante es infracción.
- Alcohol y móvil: los mismos límites de alcoholemia que cualquier conductor (0,5 g/l en sangre, 0,25 mg/l en aire; RGC art. 20). Prohibido conducir con auriculares y usar el móvil, salvo que la comunicación sea sin manos y sin auriculares (art. 18.2).
- Luces: el alumbrado del patinete debe ir siempre encendido (RGC art. 155.5; de día se exigirá a partir del 1 de octubre de 2027) y, de noche o con poca visibilidad, el conductor debe llevar un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros (art. 118.3).
- Pasos de peatones: el reglamento estatal no dice cómo cruzarlos en patinete; lo concretan las ordenanzas (RGC art. 155.1). Como no se puede circular montado por la acera (art. 152.1), lo seguro es cruzar a pie, empujándolo.
- Edad mínima: 15 años. Desde el 1 de octubre de 2026, los menores de 15 años no pueden conducir patinetes en toda España (RGC art. 155.3); antes no había una edad mínima estatal y la fijaban las ordenanzas municipales.
- Sentido de la marcha: el establecido para la vía; circular en sentido contrario es infracción muy grave (LTSV art. 77.f).
¿Por qué pregunta esto la DGT en el examen del carnet?
Porque como conductor de coche vas a convivir con miles de VMP en cada ciudad, y son usuarios vulnerables: en un accidente, el que se lleva la peor parte es el del patinete. El examen quiere asegurarse de que sabes qué pueden y no pueden hacer, dónde te los vas a encontrar y qué distancias y precauciones debes mantener.
Ponte a prueba
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Preguntas de examen sobre esto
Enunciados oficiales de la DGT relacionados, con la respuesta correcta y su explicación:
- ? ¿Cuántas preguntas incluye el examen teórico específico de moto de la DGT para el A1?
- ? ¿Cuántas preguntas tiene el examen teórico común de la DGT para el A1?
- ? ¿Qué grupo vulnerable incluye a los usuarios de patinetes eléctricos?
- ? ¿Qué medida ayuda a reducir accidentes con usuarios de patinetes eléctricos?