¿Cuál es la velocidad máxima permitida para un ciclomotor de dos ruedas?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🛵 Ciclomotor: el límite que defines desde el primer día
Los ciclomotores de dos ruedas tienen una velocidad máxima permitida de 45 KM/H. Y ojo, no es solo una cuestión de ley: es el límite de diseño técnico de estos vehículos. La normativa española establece que un ciclomotor, por definición, no puede superar esa velocidad de fábrica.
Esto aplica tanto en ciudad como en carretera. Da igual que la vía tenga un límite genérico de 90 km/h: tú no puedes pasar de 45 KM/H. Tu vehículo marca el techo, no la señal.
💡 Tip de examen: Confundir el límite del ciclomotor con el de una moto de 125cc es el error más típico. Memoriza esta diferencia clave:
- 45 KM/H: Ciclomotores (permiso AM). Vehículos de hasta 50 cc o con potencia máxima de 4 kW.
- 45 KM/H también: Cuadriciclos ligeros (también permiso AM).
- Sin límite fijo de 45 km/h: Motocicletas y vehículos que requieren permiso A1, A2 o A.
Piénsalo así: un ciclomotor es como un tope físico con matrícula. Si alguien te trufa el ciclomotor para que supere los 45 KM/H, ya no es legalmente un ciclomotor, y conducirlo así puede costarte puntos, multa y hasta el permiso recién estrenado.
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