¿Cuál es la velocidad máxima permitida por construcción para un ciclomotor?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🛵 Ciclomotores: El límite está en el ADN del vehículo
No es una señal de tráfico, no es una norma de la vía… es una limitación de fábrica. Los ciclomotores tienen prohibido por construcción superar los 45 KM/H. Es decir, aunque la carretera fuera un circuito de Fórmula 1, el vehículo legalmente no puede estar diseñado para ir más rápido.
Esto lo establece el Reglamento General de Vehículos: un ciclomotor se define, entre otras cosas, precisamente por esta limitación técnica de velocidad máxima de 45 KM/H. Si un vehículo de dos ruedas puede superar esa cifra, ya deja de ser un ciclomotor y pasa a ser una motocicleta, con sus propios requisitos de carnet y normativa.
💡 Tip de examen: Aquí hay una trampa clásica que cae mucho. Distingue bien entre:
- 45 KM/H: Velocidad máxima por construcción del ciclomotor (es su definición legal como vehículo).
- 45 KM/H: También es la velocidad máxima que puede circular en vía pública.
- Trucar el ciclomotor para superar esa velocidad es una infracción muy grave, con multa de hasta 500 € y posible inmovilización del vehículo.
Recuerda: con el Permiso AM solo puedes conducir vehículos que cumplan esa limitación de fábrica. Si el ciclomotor está trucado, el problema no es solo tuyo, es del vehículo entero.
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