¿Está permitido sustituir las bombillas halógenas de serie por bombillas LED en los faros delanteros?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🔧 Bombillas LED en el faro: homologadas y compatibles
Por qué es correcta: no se pueden sustituir piezas sujetas a un reglamento técnico por otras que no cumplan esa reglamentación o que no correspondan al vehículo (RGV art. 7.3). La sustitución es posible, por tanto, si la bombilla nueva está homologada y es compatible con el faro, que es lo que dice la opción. En la ITV son defectos graves la fuente luminosa no compatible con el faro y el color, la intensidad o el marcado no conformes con los requisitos de la homologación (RD 920/2017, anexo I, 4.1.4).
Por qué fallan las otras: la norma no prohíbe cambiar la bombilla; prohíbe montar una que no cumpla el reglamento o no corresponda al vehículo (RGV art. 7.3). Y no exige cambiar el faro entero por uno de xenón: ese cambio también tendría que cumplir la misma regla.
💡 Tip de examen: cualquier pieza del alumbrado que cambies debe estar homologada y corresponder al vehículo (RGV art. 7.3); en los faros, si no lo cumple, la ITV lo califica como defecto grave (RD 920/2017, anexo I, 4.1.4).
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