¿Qué alumbrado debe llevar encendido un turismo que circula por un túnel suficientemente iluminado?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚇 Túnel bien iluminado: posición y cruce, también de día
Por qué es correcta: a cualquier hora del día, en los túneles, pasos inferiores y tramos afectados por la señal «Túnel» (S-5), hay que llevar encendido el alumbrado (RGC art. 98.1). Si el túnel está suficientemente iluminado, lo que corresponde es la luz de cruce además de la de posición (art. 101.1).
Por qué fallan las otras: la de posición sola no basta, porque la de cruce se lleva «además» de ella (art. 101.1), y está prohibido circular solo con la de posición (temario B, 3.2). Y que el túnel esté bien iluminado no te exime: la iluminación decide qué luz llevas, no si la llevas (art. 98.1).
💡 Tip de examen: en un túnel, alumbrado siempre, de día o de noche. Si está suficientemente iluminado, cruce; si no lo está y vas a más de 40 km/h, carretera, salvo cuando debas usar la de cruce para no deslumbrar (RGC arts. 100.1 y 101). Circular sin el alumbrado reglamentario es infracción grave (LTSV art. 76.e).
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