Una persona provista de un certificado médico que le exima de utilizar los sistemas de retención del vehículo, ¿está obligada a llevar abrochado el cinturón de seguridad?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🏥 Certificado médico: el único "pase VIP" para el cinturón
Normalmente, el cinturón de seguridad es OBLIGATORIO para todos los ocupantes del vehículo, sin excepción. Pero la ley contempla una situación muy concreta: si un médico certifica que, por razones de salud, una persona no puede o no debe usar el cinturón, esa persona queda EXENTA de la obligación.
Así lo recoge el Reglamento General de Circulación: el conductor o pasajero que porte un certificado médico oficial que acredite la imposibilidad de usar sistemas de retención NO está obligado a llevarlo puesto.
💡 Tip de examen: Aquí hay dos trampas clásicas que debes esquivar:
- El certificado debe ser MÉDICO y OFICIAL. Una nota de tu primo el enfermero no cuenta.
- La exención es personal e intransferible: solo vale para la persona cuyo nombre aparece en el certificado, no para cualquiera que monte en ese coche.
- Ojo con confundir esto con otras exenciones (conductores de reparto en zona urbana, vehículos de emergencia en servicio activo...). Todas ellas están tasadas y son excepciones muy concretas.
Recuerda: fuera de estas excepciones legales, no llevar cinturón supone una multa de 200 € y la pérdida de 3 PUNTOS del carnet. El cinturón salva vidas, y la DGT lo sabe mejor que nadie.
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