Una persona mayor de edad, ¿puede transportar a un pasajero en una bicicleta que, por construcción, no pueda ser ocupada por más de una persona?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚲 Bici para dos: La única excepción que permite la ley
Por defecto, si tu bicicleta está diseñada para una sola persona, vas solo. Pero la normativa tiene un hueco muy concreto para las familias: un adulto SÍ puede llevar a un menor de hasta 7 AÑOS, siempre que lo haga en un asiento adicional homologado instalado en la bicicleta.
Ojo a los detalles, porque el examen juega con ellos:
- El pasajero debe ser un menor de HASTA 7 AÑOS (no "menores de edad" en general, sino solo hasta esa edad).
- El asiento debe estar HOMOLOGADO. Nada de improvisar con cuerdas o portaequipajes.
- El conductor debe ser MAYOR DE EDAD. Un adolescente con su bici no puede aplicar esta excepción.
💡 Tip de examen: La trampa clásica es confundir "menor de edad" (hasta 18 años) con "menor de 7 años". La DGT es muy específica: el límite es 7 AÑOS, no 14, no 16, no 18. Si la respuesta dice "hasta 14 años" o "hasta 12 años", está mal. Solo hasta los 7.
Piénsalo como el asiento de bebé en el coche: necesita ser homologado y hay una edad límite. En la bici, esa edad es 7 años y el adulto siempre al manillar.
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